17 de marzo de 2008

- LA METROPOLITANA -



Detalles de la Ley de creación de la Policía Porteña


Macri lanzó su propia Policía y estará en la calle para 2009



El proyecto que ingresará esta semana, tiene 8 fojas con 29 artículos. Y, si bien todavía no comenzó su debate en la Legislatura porteña, el macrismo intentará avanzar y tener aprobada la ley en menos de 3 meses.

La “letra chica” de la iniciativa, a la cual accedió este medio, establece:

Capítulo uno: Creación, objetivos y jurisdicción

Artículo 1: “La Policía Metropolitana actuará como auxiliar de la justicia local y nacional y ejercerá las leyes y decretos que dicte el Poder Ejecutivo…”

Luego, en este capítulo se explicita que las dependencias donde funcionen las comisarías, el predio del Instituto Superior de Formación Policial y la dotación del personal será dispuesta por el Poder Ejecutivo cuando se reglamente la Ley.

Capítulo dos: Funciones, facultades y atribuciones

Entre otras funciones, el artículo 4 dispone:

- Prevención de delitos y contravenciones

- Tareas de análisis delictivo

- Orden y seguridad pública

En cuanto a las atribuciones (artículo.6), se suscribe que la nueva fuerza de seguridad podrá firmar “convenios con policías o fuerzas de seguridad nacional, internacional o provinciales para cooperación y reciprocidad”.

Capítulo 3: del Instituto Superior de Formación Policial

Este capítulo se limita a facultar al Ejecutivo para que se forme el organismo.

Capitulo 4: Estructura y organizaciones

El artículo 8 establece que la conducción de la Policía Metropolitana va a estar a cargo del jefe de policía, un subjefe y varios directores generales. El jefe de gobierno será quien nombre al jefe y al subjefe de la fuerza de seguridad, en una terna que propondrá el ministro de Seguridad y Justicia.

El artículo 9 da cuenta de las funciones que deberá tener el jefe de policía. Entre otras, será el “representante legal” de la fuerza. Por su lado, el artículo 10 establece que el subjefe tendrá bajo su responsabilidad la “fiscalización administrativa”.

Los artículos 12 y 13 dan cuenta de cómo será el régimen de carrera única. El escalafón estará dispuesto de la siguiente manera:

- oficial ayudante: 4 años

- oficial inspector: 5 años

- oficial principal: 5 años

- oficial mayor: 4 años

- comisarios: 5 años

- comisario mayor: 4 años

- comisario general

El artículo 15 es central. En él se dispone que el Poder Ejecutivo “… deberá arbitrar los medios para facilitar el acceso de todos los miembros de la Policía. Metropolitana a la vivienda familiar única en esta ciudad. Así como también la inscripción en las escuelas de sus hijos”.

En el artículo 17 se acepta que ingresen miembros de otras fuerzas

En el 19 se especifica que los aspirantes “deberán tener dedicación exclusiva con expresa prohibición de servicios de policía adicional y/o cualquier actividad incompatible”.

Capitulo 5 Presupuesto

Está relacionado con el dinero que se destinará y es un articulado de forma en el que sólo se establece que habrá una determinada partida para el año que viene y que la nueva fuerza de seguridad tendrá su propio presupuesto.

Capítulo 6: de la Supervisión de los Servicios Policiales

El artículo 27 dispone la creación de un “programa de seguimiento y participación ciudadana del accionar de la Policía Metropolitana”, coordinado por el Ministerio de Seguridad.

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